A partir del 1 de abril de 2026 entrará en vigor un cambio significativo en el esquema de control fiscal aplicado a las plataformas digitales en México. Esta modificación deriva de la reforma al artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación, publicada el 7 de noviembre de 2025, y representa un paso firme hacia un modelo de supervisión tributaria continua.

Bajo este nuevo marco, las plataformas que prestan servicios digitales estarán obligadas a habilitar mecanismos que permitan a la autoridad fiscal consultar información en línea, de manera permanente y en tiempo real. Entre los datos que deberán estar disponibles se encuentran detalles como el tipo de servicio ofrecido, el monto de los impuestos trasladados, el precio final de las operaciones, el folio fiscal, así como información del cliente, incluyendo RFC o CURP, y los métodos de pago utilizados.
¿Dónde podemos ver estas disposiciones?
Las disposiciones específicas fueron dadas a conocer en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, particularmente en la regla 2.9.21, donde se establece el alcance de esta obligación. El objetivo principal es fortalecer la trazabilidad de las operaciones digitales, en un entorno económico donde las transacciones son cada vez menos tangibles.
Este nuevo esquema implica una transformación relevante en la forma en que la autoridad ejerce sus facultades de comprobación. A diferencia de los modelos tradicionales basados en auditorías periódicas, ahora se adopta una vigilancia constante. En caso de incumplimiento, las consecuencias pueden incluir el bloqueo temporal de la plataforma, lo que introduce un nivel de presión considerable para los contribuyentes del sector digital.
Si bien la posibilidad de restringir el acceso a plataformas ya existía desde 2021 en la Ley del IVA, esta reforma amplía el alcance del control al incorporar un monitoreo más profundo y sistemático. Esto posiciona a México dentro de los países que apuestan por una fiscalización electrónica intensiva, aunque con características particularmente estrictas.
No obstante, este nuevo modelo también plantea retos importantes. Uno de los temas más sensibles es el relacionado con la protección de datos personales. Aunque la información requerida tiene fines fiscales, el acceso continuo a datos transaccionales podría permitir la identificación de patrones de consumo y comportamiento económico de los usuarios. Esto hace indispensable que existan mecanismos sólidos de seguridad de la información y una adecuada gestión de los datos por parte de las autoridades.
Asimismo, persisten áreas de incertidumbre. La regulación actual no detalla con claridad aspectos técnicos clave, como los estándares mínimos de ciberseguridad, los lineamientos para el manejo y conservación de la información, ni los criterios específicos que determinarán cuándo se configura un incumplimiento sancionable. Esta falta de precisión podría generar discrecionalidad y dudas tanto para las plataformas como para los usuarios.
En los próximos meses será posible evaluar el impacto real de esta medida, que redefine la relación entre la autoridad fiscal y la economía digital. Sin duda, se trata de un cambio estructural que exigirá adaptación, tanto tecnológica como operativa, por parte de los contribuyentes involucrados.
Alan Sebastian Carrasco Moreno
Autor de noticias del CLUB: ALPHA CONTADORES